Asesoría fiscal para no residentes en Madrid

Nuestra asesoría fiscal para no residentes en Madrid revisa las obligaciones que pueden derivarse de una vivienda, un alquiler, una venta u otras rentas vinculadas con España. Estudiamos la residencia fiscal, las fechas y la documentación antes de concretar qué corresponde declarar. Atendemos de forma telemática aunque vivas fuera o el inmueble esté en otra localidad española.

Balcón de una vivienda en Puerto de la Cruz, Tenerife

Qué obligaciones puede tener un no residente en España

Vivir fuera no elimina necesariamente las obligaciones por ingresos o inmuebles situados en España. Primero comprobamos tu residencia fiscal y qué rentas se consideran obtenidas aquí. Después distinguimos el tratamiento de cada operación y si intervienen retenciones, una declaración o un convenio con tu país de residencia.

Fiscalidad de inmuebles para no residentes

Una pareja revisa información durante una consulta profesional

No es suficiente indicar que tienes una casa en España. Puede haber estado disponible para tu uso durante una parte del año y alquilada durante otra, o haberse vendido después de un período de arrendamiento. Para preparar el estudio conviene separar los usos, las fechas y los ingresos relacionados con cada etapa.

También necesitamos identificar a los titulares y qué documentación existe de la adquisición o de una transmisión. Esta organización evita tratar el inmueble como si hubiera tenido la misma situación durante todo el ejercicio.

Viviendas de uso propio o sin alquilar

Una vivienda urbana a disposición de una persona física no residente puede generar una renta imputada aunque no se alquile. Revisamos la titularidad, el valor catastral y el tiempo de disponibilidad para comprobar qué corresponde declarar. No confundimos esta obligación con el IBI u otros tributos asociados al inmueble.

Alquiler de inmuebles en España

Para revisar el alquiler necesitamos el contrato, los ingresos, los períodos arrendados y los gastos justificables. La posible deducción de gastos y las reglas de declaración dependen del supuesto y de la normativa aplicable. También comprobamos si se han practicado retenciones y cómo encajan en la liquidación.

Venta de una vivienda o de otro inmueble

Antes de vender, conviene reunir la escritura de adquisición, los gastos y la información de la transmisión. Revisamos el resultado fiscal y la retención que pueda corresponder al comprador, junto con las declaraciones relacionadas. Si la operación ya se ha firmado, partimos de la fecha y los justificantes para identificar las actuaciones pendientes.

Modelo 210 e Impuesto sobre la Renta de no Residentes

El Modelo 210 se utiliza para distintas rentas de no residentes sin establecimiento permanente, incluidas determinadas rentas inmobiliarias y ganancias. No existe un único calendario válido para todos los casos. Identificamos la renta, el período, las reglas de agrupación que procedan y el plazo de presentación antes de preparar la declaración.

Rentas y situaciones que requieren revisión

Identificamos si se trata de una renta imputada, alquiler, transmisión u otro ingreso, y si corresponde una declaración por esa renta. Revisamos las retenciones practicadas, las posibles exenciones y la existencia o no de establecimiento permanente. No se presupone que todo ingreso de una persona no residente requiera el Modelo 210 ni que todos los casos compartan las mismas reglas.

Documentación, períodos y plazos de presentación

El estudio de las obligaciones como no residente debe relacionar la renta, la residencia acreditada y el convenio aplicable. El Modelo 210 puede intervenir cuando corresponde declarar rentas sin establecimiento permanente. El calendario depende de la clase de renta y del período: no debe copiarse una misma fecha para alquileres, rentas imputadas y transmisiones.

Según la renta, pueden hacer falta certificados de residencia, referencias y valores catastrales, contratos, justificantes de ingresos y gastos o escrituras. Los documentos deben permitir separar el ejercicio, los días de uso y la participación de cada titular. Comprobamos el calendario aplicable antes de acordar una presentación, especialmente cuando existen varios usos o propietarios.

Convenios de doble imposición y residencia acreditada

Una lupa señala España en un mapa de Europa

Comprobamos si existe un convenio aplicable y qué establece para la renta concreta. Puede ser necesario acreditar la residencia fiscal y analizar cómo se evita la doble imposición. Nuestro estudio delimita las obligaciones españolas y señala cuándo necesitas asesoramiento adicional en tu país de residencia.

Cómo funciona nuestra asesoría fiscal para no residentes en Madrid

Dos personas contrastan los detalles de un documento

En nuestra asesoría fiscal para no residentes en Madrid empezamos por conocer dónde resides, qué inmueble o ingreso está relacionado con España y las fechas relevantes. Después revisamos los certificados, escrituras, contratos o declaraciones necesarios y acordamos si el trabajo consiste en preparar una operación, presentar una declaración o revisar un período anterior. No es necesario que el inmueble esté en Madrid para estudiar tu caso.

Datos iniciales sobre la residencia, la renta y las fechas

El primer contacto puede ser breve: dónde resides, qué renta o inmueble está relacionado con España, el ejercicio y si existe una fecha que debamos revisar. No envíes escrituras, datos bancarios o documentos identificativos por el formulario inicial. Tras concretar el trabajo te indicaremos qué justificantes resultan pertinentes y cómo compartirlos.

Revisión documental y actuaciones acordadas

Relacionamos los justificantes con cada inmueble o renta y señalamos los datos que falten para calcular o revisar la obligación. Concretamos qué declaraciones y actuaciones se incluyen, para qué titulares y ejercicios. Una consulta sobre un alquiler no incorpora automáticamente una venta, otros inmuebles o todas las obligaciones fiscales de la persona.

Períodos anteriores y posibles obligaciones pendientes

Necesitamos saber qué ocurrió, cuándo y qué documentos o declaraciones existen. Concretamos contigo si se trata de comprobar lo presentado, identificar una obligación pendiente o valorar una posible corrección. No podemos anticipar el resultado sin revisar la información.

Preguntas frecuentes sobre fiscalidad de no residentes

Estas respuestas orientan sobre situaciones habituales. Para concretar una obligación necesitamos conocer tanto el uso del inmueble o la naturaleza de la renta como tu residencia fiscal.

¿Tengo obligaciones fiscales si mi vivienda en España está vacía?

Puede haberlas. Una vivienda urbana disponible para uso propio puede generar renta imputada para una persona física no residente. Deben revisarse la titularidad, el uso y el período, sin asumir que no cobrar alquiler significa no declarar.

¿Pagar el IBI sustituye la declaración como no residente?

No son la misma obligación. El IBI se relaciona con la titularidad del inmueble y no sustituye por sí solo el tratamiento de las rentas en el IRNR. El expediente debe analizar ambos sin confundir sus finalidades.

¿Puedo descontar los gastos del alquiler?

La respuesta depende del supuesto, de la residencia fiscal y de la normativa y criterios aplicables al ejercicio. Deben reunirse los justificantes y comprobarse los requisitos antes de calcular la renta. No existe una regla de deducción que pueda aplicarse sin más a todos los casos.

¿Qué tengo que revisar si vendo un inmueble siendo no residente?

Entre otros antecedentes, adquisición, gastos, transmisión, fechas y retenciones relacionadas. Concretamos la actuación con esos datos, diferenciando las obligaciones que puedan corresponder a cada interviniente.

¿Declarar la renta en mi país evita tener que declararla en España?

No necesariamente. Deben comprobarse la naturaleza de la renta, las reglas españolas y el convenio aplicable. La doble imposición se trata mediante el mecanismo que corresponda, no omitiendo automáticamente una renta en uno de los países.

¿Todas las rentas de no residentes se declaran mediante el Modelo 210?

No debe asumirse una obligación universal. Existen supuestos relacionados con retenciones y exenciones en los que no se exige esa declaración. Primero se identifica la renta y después el modelo y el plazo que correspondan.

¿Podéis revisar una declaración o una operación de un año anterior?

Sí. Se necesita conocer qué ocurrió, cuándo y qué se presentó. El encargo debe precisar si se revisa una declaración, una obligación pendiente o una posible corrección, sin anticipar resultados.

¿Qué necesitáis para preparar una propuesta de asesoramiento?

Tu país de residencia, el tipo de ingreso o inmueble, los ejercicios afectados y una explicación de lo que necesitas resolver. Con ello se delimita la revisión inicial y la documentación posterior. No se dan por incluidos todos los impuestos o todos los ejercicios.

¿Vuestra asesoría fiscal para no residentes en Madrid ofrece servicio en toda España?

Sí. Aunque nuestro despacho está en Madrid, ofrecemos asesoramiento fiscal telemático a no residentes con obligaciones vinculadas con cualquier punto de España. No es necesario que tus inmuebles o las rentas por las que nos consultas estén en Madrid. También puedes contactar si vives en el extranjero; concretaremos contigo la documentación y el alcance del caso.

Contacto

Solicita asesoramiento fiscal para no residentes en Madrid

Indícanos tu país de residencia, qué inmueble o renta está relacionado con España y los ejercicios que necesitas revisar. Nuestra asesoría concretará contigo la documentación y la propuesta de trabajo, sin dar por incluidas todas las declaraciones o impuestos. No adjuntes escrituras, documentos identificativos ni datos bancarios en el primer mensaje.

Marisa, fiscalista y contable de MRC ConsultoresMRC Consultores FiscalesConoce a las personas que te acompañan
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